Wednesday, March 19, 2014

Esterilización de Menores con Discapacidad Sin Consentimiento: Rechazo a la Decisión de la Corte Constitucional Colombiana

A través de @PaiisUniandes, llega la noticia de la decisión reciente de la Corte Constitucional de Colombia que autoriza la esterilización de menores con discapacidad sin su consentimiento.

Es importante destacar que esta discusión es muy actual en otros países de la región. En Argentina, por ejemplo, si bien el proyecto de Código Civil y Comercial es un avance con respecto a la legislación vigente en materia de capacidad, no se ajusta completamente a la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad.


El Comunicado de Prensa de las Organizaciones que rechazan la decisión está disponible aquí.
Tomo algunas de sus ideas.

El artículo 7 de la Ley 1412 de 2010 prohibía, en todos los casos, practicar procedimientos quirúrgicos con fines anticonceptivos en menores de edad. No obstante, la Corte sostuvo que, en el caso de menores con “discapacidad mental”, acuando 

se haya comprobado la imposibilidad de que en el futuro otorguen su consentimiento para someterse a la esterilización, los padres o en todo caso el represente legal, deberán solicitar autorización al juez para practicar la anticoncepción quirúrgica. (…) [U]na persona que no está en capacidad de comprender en qué consiste y cuáles son las consecuencias de la esterilización, como en el caso de las discapacidades mentales, difícilmente estará en condiciones de comprender la responsabilidad que lleva consigo la maternidad o la paternidad y por ende, las implicaciones de poder o no procrear. 

La Corte agregó: “La decisión de someterse a anticoncepción quirúrgica asegura condiciones de vida más dignas para quienes no pueden tomar decisiones relacionadas con el ejercicio de su libertad reproductiva y que pueden verse expuestos a embarazos forzados en detrimento de su dignidad e integridad personal”.

Organizaciones de Australia, Argentina, Canadá, Estados Unidos, India, México, Perú y Reino Unido, así como organizaciones internacionales manifestaron su oposición a la sentencia. Según el informe de la Campaña para Detener la Tortura en los Servicios de Salud, 

El prejuicio sistemático y la discriminación contra las mujeres y niñas con discapacidad continúa resultando en la denegación generalizada de experimentar su sexualidad, mantener relaciones sexuales y conformar una familia. La esterilización forzosa es un acto de violencia, una forma de control social y una violación al derecho a no ser sometido a tortura y otros tratos crueles inhumanos y degradantes”.

 


1 comment:

  1. Gracias Martín por visibilizar esta problemática que es de toda la región. En general los gobiernos entienden que al estar bajo régimen de incapacitación una persona, el consentimiento informado firmado por los guardas no es esterilización forzosa.

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